Noticias y alertas

Protocolo de votación para las elecciones autonómicas.

30/04/2021

Franjas horarias:

  • Se recomienda a las personas vulnerables y a los mayores de 65 años que acudan a votar preferentemente en la franja horaria de 10:00 a 12:00 horas.
  • Se recomienda a las personas con enfermedad activa o con sospecha de la misma que acudan a votar preferentemente en la franja horaria de 19:00 a 20:00 horas.

Acceso al Colegio Electoral:

  • Tendrán prioridad para entrar al colegio electoral las personas mayores de 65 años o con alguna discapacidad y sus acompañantes en el caso de que así lo precisen.
  • Se debe acudir a votar sin acompañantes salvo en el caso de aquellos que requieran el auxilio de otra persona por razones de disfuncionalidad.
  • Se debe evitar la aglomeración de personas a la entrada y a la salida de los locales electorales, manteniendo, en todo caso, la distancia de seguridad.
  • Se dispondrá de productos de higiene, tales como geles hidroalcohólicos, en el acceso al local electoral para una adecuada desinfección de manos.
  • En las entradas a los locales electorales se dispondrá también de guantes de plástico desechables para las personas con alergia a los hidrogeles.
  • La distancia mínima interpersonal que se procurará mantener será de dos metros.

Durante la Votación:

  • Se recomienda llevar el voto ya preparado desde el domicilio.
  • La permanencia en el local electoral será la mínima e indispensable para efectuar la votación.
  • Los votantes colocarán su documento identificativo sobre una bandeja con la foto hacia arriba.
  • El votante mostrará el sobre a los miembros de la mesa para que puedan comprobar que solo hay un voto y después, un miembro de la mesa retirará el papel que tapa la urna para que el votante introduzca su voto.
  • Los votantes no se retirarán la mascarilla a excepción de que la mesa se lo requiera para facilitar su identificación.
  • Se deberá mantener la mayor distancia posible con los integrantes de las mesas electorales –excepto durante el momento concreto de depositar el voto que, en todo caso, deberá ser el menor tiempo posible.
  • Las personas que necesiten un justificante del voto a efectos laborales, deberán pedirlo a los miembros de la mesa en el momento de emitir su voto, no se emitirán justificantes de voto una vez abandonado el colegio electoral

Fuente: https://www.ayto-cobena.org

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